Las subastas judiciales electrónicas

Autores/as

  • Juan Luis Bañón González Departamento de Derecho Privado, Universidad de Murcia (España)

DOI:

https://doi.org/10.54886/scire.v18i1.3994

Palabras clave:

Subastas judiciales. Pujas electrónicas. Justicia electrónica

Resumen

La Ley 13/2009, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, modificó el art. 649 de la Ley de enjuiciamiento civil para permitir expresamente la realización de pujas electrónicas bajo la dirección del secretario judicial. El Ministerio de Justicia, al amparo de ese precepto, ha creado el Portal de Subastas Judiciales del Ministerio de Justicia. En este artículo se resumen la actual estructura judicial que les sirve de base y sus posibilidades tecnológicas; los orígenes de las subastas judiciales electrónicas; la creación formal de la primera oficina judicial de España que tiene como fin exclusivo la celebración de subastas electrónicas, con sede en Murcia, y la estructura y contenido del Portal de Subastas Judiciales del Ministerio de Justicia.

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Biografía del autor/a

Juan Luis Bañón González, Departamento de Derecho Privado, Universidad de Murcia (España)

Secretario Judicial. Profesor Asociado del Departamento de Derecho Privado

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Publicado

2012-09-21

Cómo citar

Bañón González, J. L. (2012). Las subastas judiciales electrónicas. Scire: Representación Y organización Del Conocimiento, 18(1), 95–105. https://doi.org/10.54886/scire.v18i1.3994

Número

Sección

Estudios de caso, investigaciones en curso, artículos breves y comunicaciones